Abejas melíferas
Las reglas de la Administración de Alimentos y Medicamentos de EE. UU. categorizan a las abejas melíferas como animales destinados a la producción de alimentos. Adicionalmente, las abejas son clasificadas como especies de animales destinados a la producción de alimentos menor.
En un esfuerzo para eliminar el uso de antibióticos para fines distintos al de combatir infecciones (es decir, la promoción del crecimiento o la eficiencia alimenticia), ahora se les exige a los productores de animales destinados a la producción de alimentos que obtengan una receta o directiva de alimentación veterinaria (VFD) para determinados medicamentos. Los apicultores necesitarán encontrar un veterinario experto en abejas melíferas para poder usar medicamentos VFD y medicamentos recetados. Los antibióticos de importancia médica requerirán una directiva de alimentación veterinaria para todo uso aprobado en alimentos y una prescripción para todo uso en el agua. Es importante tener en cuenta que todo uso extralabel de un medicamento en la alimentación para animales destinados a la producción de alimentos es ilegal. No existen ambigüedades en esta parte de las regulaciones. Si no se indica en la etiqueta, no puede usarse de esa forma. Esto incluye la duración de la administración, la dosis y la indicación de uso. Si los alimentos medicados se usan de una forma no aprobada, este animal y sus productos técnicamente nunca podrían entrar a la cadena alimentaria humana. Una salvedad de esta regla es que las especies menores pueden usar alimentos extralabel en una manera extralabel, siempre y cuando se cumplan todos los requisitos de la Guía de Políticas de Cumplimiento (Compliance Policy Guide, CPG), Sec 615.115. De acuerdo a la CPG, cuando no existen opciones de tratamiento aprobadas disponibles, la salud del animal se ve amenazada y no tratar al animal afectado resultaría en el sufrimiento o la muerte, el uso de alimentos medicados de una forma no aprobada podría considerarse como forma de tratamiento para una especie menor, siempre y cuando se cumpla con las condiciones y procedimientos descritos en la CPG. Un veterinario puede prescribir el uso de antibióticos de importancia médica en el agua de una forma no aprobada si cumplen con las regulaciones de la Ley Aclaratoria sobre el Uso de Medicamentos Medicinales en Animales (Animal Medicinal Drug Use Clarification Act, AMDUCA). Los medicamentos diseñados para administrarse en agua requieren una prescripción, no un VFD.
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